Financiamiento a tu medida
Entendemos la importancia de contar con el capital necesario para mantener y hacer crecer tu negocio. Por eso, ofrecemos una modalidad de crédito en cuenta corriente con garantía hipotecaria , diseñada específicamente para atender tus necesidades de capital de trabajo, ya sean transitorias o permanentes.
Crédito empresarial
Plazo: | De 1 Hasta 48 Meses |
Monto mínimo del crédito ($): | $ 100,000.00 |
Periodicidad de pago del crédito: | Mensual |
Medios y canales de disposición del crédito: | Cheques, Sistema de Pago Electrónicos Interbancarios (SPEI) |
Tasa de interés máxima anual (%): | 60% |
Cobertura: | Todos los Estados |
Comportamiento del pago del crédito: | Constante |
Tipo tasa de interés: | Fija |
Destino del crédito: | Libre |
Tasa mínima (%): | 42% |
Solicita tu crédito desde $100,000 pesos
Llena tu formulario y precalifícate
Costo Anual Total (CAT): 34.5%
Información del CAT al público.
En la información en que, conforme a las disposiciones aplicables, deba incluirse el CAT, este deberá:
i) Aparecer un solo valor (no deberán referirse máximos ni mínimos) calculado de conformidad con las presentes Disposiciones;
ii) Expresarse de forma notoria en términos porcentuales, redondeado con un decimal; (Modificado por la Circular 9/2015)
iii) Incorporar la leyenda “Sin IVA”, inmediatamente después del valor numérico que corresponda al CAT.
iv) En publicidad y propaganda, inmediatamente después de la palabra “CAT” incorporar la palabra “PROMEDIO” y el periodo de vigencia de la oferta aplicable.
En caso de que el Crédito se encuentre denominado en UDIS, salarios mínimos o moneda extranjera, se deberá adicionar al CAT la denominación o la abreviatura de la unidad de cuenta de que se trate.
Las ofertas de Créditos preaprobados, precalificados o que las Entidades realicen a personas determinadas, deberán incluir el CAT específico de la oferta.
Tratándose de tarjetas de crédito, en la publicidad y propaganda en que sea obligatorio informar el CAT, también deberá incluirse la tasa de interés promedio ponderada por saldo en términos anuales y la Comisión anual del producto, seguida de la leyenda “Sin IVA”.
Sin perjuicio de lo anterior, el CAT deberá darse a conocer en la forma y términos que establezcan las autoridades competentes en las disposiciones aplicables.