Financiamiento a tu medida

Entendemos la importancia de contar con el capital necesario para mantener y hacer crecer tu negocio. Por eso, ofrecemos una modalidad de crédito en cuenta corriente con garantía hipotecaria , diseñada específicamente para atender tus necesidades de capital de trabajo, ya sean transitorias o permanentes.

Crédito empresarial

Plazo: De 1 Hasta 48 Meses
Monto mínimo del crédito ($): $ 100,000.00
Periodicidad de pago del crédito: Mensual
Medios y canales de disposición del crédito: Cheques, Sistema de Pago Electrónicos Interbancarios (SPEI)
Tasa de interés máxima anual (%): 60%
Cobertura: Todos los Estados
Comportamiento del pago del crédito: Constante
Tipo tasa de interés: Fija
Destino del crédito: Libre
Tasa mínima (%): 42%

Solicita tu crédito desde $100,000 pesos

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      Costo Anual Total (CAT): 34.5%

      Información del CAT al público.

      En la información en que, conforme a las disposiciones aplicables, deba incluirse el CAT, este deberá:

       

      i) Aparecer un solo valor (no deberán referirse máximos ni mínimos) calculado de conformidad con las presentes Disposiciones;

      ii) Expresarse de forma notoria en términos porcentuales, redondeado con un decimal; (Modificado por la Circular 9/2015)

      iii) Incorporar la leyenda “Sin IVA”, inmediatamente después del valor numérico que corresponda al CAT.

      iv) En publicidad y propaganda, inmediatamente después de la palabra “CAT” incorporar la palabra “PROMEDIO” y el periodo de vigencia de la oferta aplicable.

       

      En caso de que el Crédito se encuentre denominado en UDIS, salarios mínimos o moneda extranjera, se deberá adicionar al CAT la denominación o la abreviatura de la unidad de cuenta de que se trate.

       

      Las ofertas de Créditos preaprobados, precalificados o que las Entidades realicen a personas determinadas, deberán incluir el CAT específico de la oferta.

       

      Tratándose de tarjetas de crédito, en la publicidad y propaganda en que sea obligatorio informar el CAT, también deberá incluirse la tasa de interés promedio ponderada por saldo en términos anuales y la Comisión anual del producto, seguida de la leyenda “Sin IVA”.

       

      Sin perjuicio de lo anterior, el CAT deberá darse a conocer en la forma y términos que establezcan las autoridades competentes en las disposiciones aplicables.